5 de noviembre, Comunidad A’i Kofán de Sinangoe, Ecuador – Nosotros hacemos este comunicado desde nuestro territorio ancestral donde están enterrados los huesos de nuestros ancestros, donde habitan nuestros espíritus, y donde nosotros vivimos en armonía con la naturaleza – cosechando frutas de la selva, sembrando yuca y plátano en nuestras chacras, curandonos con plantas medicinales, y gozando y conviviendo con los ríos que salen desde las montañas selváticas que nosotros hemos venido protegiendo con lanzas por miles de años.

Hoy, es un día histórico para los pueblos indígenas del Ecuador porque es la primera vez que la Corte Constitucional ha cumplido su obligación de venir a nuestros territorios para entender nuestra forma de autodeterminación, nuestra cosmovisión, nuestra relación con el territorio, nuestra cultura, nuestra forma de tomar decisiones colectivas, y sentir el espíritu de nuestra lucha para defender la vida contra las amenazas imparables que vienen desde hace siglos, y que ahora se expresan en la minería, en el petróleo, las madereras y las hidroeléctricas. Este hecho no debe ser excepcional, acercarse a los territorios debe ser el actuar de las autoridades de justicia.

La audiencia que se mantuvo hoy día en nuestra comunidad se trata de dos cosas muy importantes:  el derecho de los pueblos Indígenas de Ecuador de decidir sobre sus territorios, es decir nuestro derecho esencial a la autodeterminación y al Consentimiento Libre, Previo e Informado, un derecho reconocido a nivel internacional, pero todavía no reconocido, respetado ni aplicado en el Ecuador; y los derechos de la naturaleza, es decir, el derecho que tienen los ríos, los bosques, las montañas, las lagunas de existir sin amenaza, sin contaminación, sin destrucción.

Los jueces y juezas de la Corte Constitucional tienen una alta responsabilidad para decidir a partir de Sinangoe sobre nuestros derechos, se trata de la vida y la muerte, se trata de nuestro futuro o nuestra desaparición; después de haber escuchado docenas de testimonios de nuestros mayores, nuestros líderes, nuestros jóvenes, tienen en su manos la oportunidad y la obligación de pronunciarse con los más altos estándares sobre nuestro derecho a la autodeterminación, piedra angular para el ejercicio de nuestros derechos, e imprescindiblemente vinculados con el, nuestro derecho al territorio y a la consulta y consentimiento previo, libre e informado.

Estamos aquí con más de 300 representantes Indígenas de todo Ecuador, especialmente amazónicos, que han compartido la lucha por sus territorios y que hoy también tienen casos pendientes de resolver por la Corte Constitucional como los Waorani de Pastaza, Kichwas del cantón Santa Clara, Kichwas de Sarayaku, y otras nacionalidades, unidos por la misma petición, nuestro territorio es la base para nuestra existencia y como pueblos ancestrales nosotros tenemos el derecho a decidir sobre nuestro futuro y el de nuestro territorio. E igualmente nuestro rol esencial para la protección de los derechos de la naturaleza.

Cinco de los nueve jueces de la Corte cruzaron el Río Aguarico en la madrugada y fueron recibidos por las autoridades indígenas para instalar la audiencia presencial y on line. De parte del estado, el Ministerio de Energía y Minas estuvo presente para defender la extracción minera y petrolera en territorios indígenas para promover “la riqueza y el progreso para todos”, mientras que otros entidades estatales como el Ministerio del Ambiente, Agua y la Transición Ecológica, la Agencia de Control y Regulación Minero, y la Procuraduría General del Estado, no vinieron a nuestro territorio y prefirieron participar a través de una pantalla, pretendiendo como siempre justificar su actuación omisa, lesiva y violatoria de derechos.

Recordamos que nuestro caso inició en el 2018 cuando Sinangoe descubrió que sin consulta ni consentimiento el estado otorgó 20 concesiones mineras y estaba en proceso para entregar 32 más en la cabecera del Río Aguarico. Nuestra comunidad A’i Kofán de Sinangoe inicio un proceso de demanda constitucional en contra de cuatro ministerios y agencias del estado y en octubre de 2018, los jueces provinciales de Sucumbios nos dieron definitivamente la razón y ordenaron la reversión de las 52 concesiones mineras; reconociendo la violación de nuestros derechos y el grave riesgo para la superviviencia de nuestra comunidad que esta minería suponía. Una victoria histórica para nuestra comunidad y para todos los pueblos indígenas del Ecuador. Ahora, la Corte Constitucional tiene en sus manos nuestro caso para dejar un precedente nacional de cumplimiento obligatorio para el estado en relación con todos los pueblos y nacionalidades indígenas del país.

Durante la audiencia, los jueces escucharon los testimonios de nuestros hombres, mujeres, niños y niñas de la comunidad A’i Kofán de Sinangoe. Wider Guaraman, Coordinador de la Guardia Indigena de Sinangoe, explicó a los jueces que “Como ancestrales en estos territorios, como pueblos milenarios, tenemos ese derecho a ser consultados pero que sepan escuchar como último fin nuestro consentimiento. Si la comunidad dice sí, así será, y si decimos no, así será. La sentencia que ustedes escriban no solo va a servir para Sinangoe si no para muchos pueblos indígenas. Defendemos la vida. Defendemos nuestro territorio.”

Niños y niñas de la comunidad entregaron dibujos y cartas a los jueces. Tayra Narvaez, de 12 años, dijo, “Quisiera que me escuchen porque como niños en este territorio tenemos todo y estamos felices. Necesitamos que cuiden nuestro territorio y que podamos vivir sin minería y sin contaminación.”

Los A’i Kofán de Sinangoe somos un pueblo pescador, cazador y recolector, íntimamente relacionado con nuestro territorio, conocidos como grandes tomadores de yagé (ayahuasca). Nuestro territorio son 63,775 hectáreas de bosque primario, donde viven jaguares, osos anteojos y el tapir.  Ahí viven nuestros espíritus y los que llamamos “la gente invisible”, ahí está nuestra identidad como pueblo y solo ahí es posible vivir, ser y pensar como A’i Kofán.

También intervinieron líderes de la nacionalidad Siekopai, la nacionalidad Sapara, el Pueblo Kichwa de Sarayaku, el Pueblo Kichwa de Santa Clara, el Pueblo Kichwa-Siona del Río Putumayo y organizaciones indígenas como la CONAIE (Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador), CONFENIAE (Confederación de Nacionalidades Indígenas de La Amazonia Ecuatoriana), CONCONAWEP (Consejo de Coordinación de la Nacionalidad Waorani de Pastaza), PAKKIRU (Pastaza Kikin Kichwa Runakuna ), PSHA (Pueblo Shuar Arutam), y FENASH-P (Federacion de la Nacionalidad Shuar de Pastaza), entre otras, quienes presentaron sus amicus ante los jueces, manifestando las mismas vulneraciones a sus derechos. La reconocida lideresa Nemonte Nenquimo, cuya organización representa a los waorani de Pastaza cuyo caso también fue seleccionado por la Corte Constitucional, manifestó ante los jueces: “Ustedes jueces tienen una gran oportunidad. Queremos que hagan una consulta con consentimiento. No se puede engañar nuestro derecho a la vida, la consulta solamente lleva a la división y destrución. Como mujeres, exigimos que se respeten nuestros derechos. Vamos a estar de pie de lucha porque sabemos que llega una gran amenaza a nuestros territorios”.  José Gualinga, ex-Presidente del Pueblo Originario Kichwa de Sarayaku explicó a los jueces, “Minar en nuestros territorios sagrados es como ir a minar las iglesias del vaticano en Roma o el Notre Dame en París.”

La resolución de este caso por la Corte Constitucional es urgente y de suma importancia por el momento que vive el Ecuador y el planeta. Ocurre días después de que líderes de todo el mundo firmaron acuerdos para enfrentar el cambio climático en la COP26 en Glasgow, y meses después de que el Presidente del Ecuador Guillermo Lasso ha decidido duplicar la explotación petrolera del país y rápidamente expandir la frontera minera en la Amazonía a través de los Decretos 95 y 151. Los pueblos indígenas cuidamos el 70% de la amazonia ecuatoriana, casi 7 millones de hectáreas del bosque más importante del planeta. La deforestación de una sola hectárea de nuestros territorios amazónicos representa la cantidad de carbón equivalente a 160 autos manejando durante un año entero. No es posible enfrentar el cambio climático sin la amazonia, y no es posible proteger la amazonía sin nosotros los pueblos indígenas y sin garantizar nuestros derechos.

La Corte deberá publicar una sentencia dentro de los próximos meses y será de cumplimiento obligatorio a nivel nacional. La sentencia también dejará un precedente obligatorio para la Asamblea Nacional del Ecuador para la elaboración de una ley orgánica que regule el derecho a la consulta y consentimiento previo, libre e informado en el país.  Dado el poco tiempo con el que contó la Corte para escucharnos y considerando que todos nuestros criterios y voces diversas son esenciales para alimentar su criterio una vez se retiraron, en ejercicio de nuestro derecho propio, nos declaramos en Asamblea Permanente y remitimos a la CCE un amicus suscrito por todos los Pueblos, Nacionalidades, comunidades campesino mestizas, organizaciones de DDHH y academia que acompañaron esta audiencia in situ, nos mantenemos vigilantes hasta la sentencia definitiva en este caso que afectará a todos los pueblos y nacionalidades del país.

 

ANEXO: CRONOLOGÍA DEL CASO SINANGOE

2017 Guardia indígena descubre actividades mineras.

Aunque la comunidad de Sinangoe viene resistiendo al ingreso de minería, madereros, colonización, petroleras y otras amenazas a su territorio ancestral, el 2017 crearon la Guardia Indígena, un grupo de 13 a 20 jóvenes integrantes de la comunidad que se internan en el bosque y realizan recorridos para identificar posibles amenazas.

De esta manera es que se encontraron con más de 50 mineros en actividades de búsqueda de oro con motobomba, canalón, tecle o draga en las orillas del Río Aguarico. Cuandose les exigió la salida de la zona a los mineros, estos amenazaron a varias personas de las comunidades

24 de julio: La comunidad levanta una Alerta Temprana ante las autoridades parroquiales, cantonales y nacionales.

El Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) Municipal de Gonzalo Pizarro confirmó que las actividades mineras estaban perjudicando a la Comunidad A’i Kofán de Sinangoe. De la revisión del catastro minero existían 20 concesiones mineras para exploración y explotación minera de oro, y otras 32 se encontraban en trámite, en el Río Aguarico y sus cabeceras, Ríos Chingual y Cofanes, que además son utilizados por la comunidad para su alimentación. Además las concesiones mineras estaban en los límites del Parque Nacional Cayambe-Coca. Las concesiones se habían entregado sin consulta a la comunidad.

2018 Denuncia y proceso ante las autoridades

La comunidad con el apoyo jurídico de la Defensoría del Pueblo y de la organización Amazon Frontlines, interpone una Acción de Protección u solicitan Medidas Cautelares  en contra de los Ministerios de Minería, Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM), Ministerio de Ambiente, Secretaria Nacional del Agua (SENAGUA) y la Procuraduría General del Estado (PGE), por la vulneración de los derechos colectivos de la comunidad a la Consulta Previa, Libre e Informada, al territorio y a la cultura, afectación a los derechos de la naturaleza y al medio ambiente sano, afectación a los derechos al agua, a la salud y a la alimentación.

19 de julio: Inicia la audiencia en el cantón Gonzalo Pizarro, pero se suspende para realizar visita in situ como prueba

20 de julio: Inspección in situ del Juez de  Garantías Constitucionales

3 de agosto: Sentencia en primera instancia dentro del Juicio No: 21333201800266, en la que el juez constitucional acepta la acción de protección y reconoce la vulneración al derecho a la consulta previa, libre e informada de la Comunidad de Sinangoe. Las autoridades ministeriales apelaron la sentencia.

16 de noviembre: El Tribunal de la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos rechazó la apelación interpuesta por los Ministerios e incorpora a la sentencia anterior el reconocimiento a la violación a los derechos “de la naturaleza, al agua, al medio ambiente sano, a la cultura y territorio, pues la minería destruye fuentes hídricas, constituyen un riesgo para la salud y el ambiente; pérdida de biodiversidad y erosión genética por intervención y destrucción de ecosistemas frágiles”.

2019 Selección de la Corte Constitucional

27 de febrero: La Defensoría del Pueblo ingresa la sentencia en la Corte Constitucional por considerar que el caso cumple con los criterios de selección para generar un pronunciamiento.

21 de octubre: La Corte Constitucional del Ecuador escoge la sentencia del caso Sinangoe, asignada como la Causa Nº. 273-19-JP, selección de sentencias de acción de protección para emisión de jurisprudencia vinculante. Es decir que la Corte, luego de analizar la sentencia y escuchar a las partes, podrá emitir criterios jurídicos para la aplicación de la consulta previa, libre e informada y que la respuesta de las comunidades sean vinculantes, es decir se respete el consentimiento.

2021 Audiencia

16 de octubre: Tras dos años de espera sin respuesta y luego de la emisión del Decreto Ejecutivo N° 151, de política minera y promueve la expansión  de estas actividades; una delegación de la comunidad viajó hasta Quito para exigir a la Corte Constitucional convoque a audiencia e invitó a realizarla en el territorio, garantizando así el acceso a la justicia de las comunidades indígenas y principios de interculturalidad de la justicia.

 

Referencias:

DPE, ACCIÓN DE PROTECCIÓN Y MEDIDAS CAUTELARES PARA COMUNIDAD A’I KOFAN https://www.dpe.gob.ec/accion-de-proteccion-y-medidas-cautelares-para-comunidad-ai-cofan/

Caso A’i Kofan Sinangoe fue seleccionado por Corte Constitucional para generar jurisprudencia nacional

Palabras finales: Nuestro derecho es a la consulta previa, libre e informada ante cualquier proyecto o actividad que pueda afectar nuestras vidas y nuestros territorios y ante cualquier ley, decreto o acto administrativo que también nos afecte. Pero esa Consulta como simple trámite está incompleto, resulta vacío porque al final el Estado impone sus proyectos y siguen pensando que sus decisiones pesan más que las nuestras, por eso luchamos por consentimiento, por nuestro derecho a decir y para que esa decisión se vuelva vinculante, se respete, se garantice; ese consentimiento previo garantice nuestro derecho a la AUTODETERMINACIÓN, a decidir nuestras formas de gobernar y a buscar libremente el desarrollo económico, social y cultural, la sola consulta  sin consentimiento representa una burla a nuestras formas de gobierno propio. La consulta sin consentimiento convertiría estos derechos constitucionales e internacionales en un mero trámite para justificar las actuaciones del gobierno y los intereses de las empresas. Para nosotros, la violación de nuestro derecho a la consulta significa la violación a nuestro derecho al agua, salud, cultura, territorio y medioambiente sano. Y es imposible garantizar los derechos de la Naturaleza en el Ecuador sin garantizar los derechos colectivos.

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